La gente supone que una caída en una tienda es un reclamo porque la caída ocurrió en la tienda. En Maryland no funciona así, y es más útil que se lo digan claramente desde el principio que descubrirlo dos años después.
Lo que hace que una caída dé lugar a un reclamo es la culpa: un peligro que el dueño creó, que conocía o que debió haber encontrado y corregido. Y además Maryland aplica dos defensas, la negligencia contributiva y la asunción del riesgo, que hacen que estos sean de los reclamos comunes por lesiones más difíciles de ganar en todo el país. Los casos que tienen éxito son los que se preparan bien desde la primera semana.
La razón por la que estaba ahí define el deber del dueño
Maryland todavía clasifica a los visitantes en categorías, y la categoría decide cuánto le debía el dueño a usted:
- Invitado (invitee): usted estaba ahí por el negocio del dueño, como un cliente en una tienda. Es el deber más alto: cuidado razonable, incluido inspeccionar para encontrar peligros que usted no notaría por sí mismo.
- Visitante con permiso (licensee): un invitado social, o alguien que está ahí con permiso pero no por negocios. El dueño debe advertir sobre los peligros que conoce, pero no tiene un deber general de salir a buscarlos.
- Intruso (trespasser): sin permiso. El deber es mínimo: básicamente, no lesionarlo a propósito. Maryland no ha adoptado la doctrina de peligro atractivo (attractive nuisance) que usan otros estados para los niños que entran sin permiso, así que a un niño intruso generalmente se le debe el mismo deber limitado.
Por eso "solo estaba pasando por ahí" y "estaba comprando" dan lugar a casos distintos a partir de caídas idénticas.
El conocimiento del dueño: el elemento del que dependen estos casos
Para un invitado, no basta con que existiera un peligro. Por lo general, usted tiene que demostrar que el dueño lo creó, que sabía de él o que debió saberlo porque había estado ahí el tiempo suficiente para que una inspección razonable lo encontrara.
Esto último, el conocimiento implícito (constructive notice), es donde se ganan o se pierden la mayoría de los reclamos, y es una cuestión de tiempo. Un derrame de hace treinta segundos normalmente no es culpa de nadie. El mismo derrame de hace una hora, pisado por otros clientes y sin ninguna inspección registrada, es un caso totalmente distinto.
Por eso la evidencia que importa rara vez es una foto del piso. Son los registros de inspección y limpieza, el personal que había ese día, las quejas anteriores sobre el mismo lugar y el video de vigilancia que muestra cuánto tiempo estuvo ahí el peligro.
Las dos defensas que acaban con los reclamos en Maryland
- Negligencia contributiva. Según la regla de Maryland, si usted fue aunque sea un poco descuidado (mirando el teléfono, con zapatos inadecuados, sin usar el pasamanos), el reclamo puede anularse por completo en vez de reducirse.
- Asunción del riesgo. Si usted sabía del peligro y aun así caminó hacia él, el reclamo puede fracasar incluso cuando el dueño fue claramente negligente. Cruzar a propósito una zona con hielo visible es el ejemplo clásico.
Los dueños también argumentan que un peligro era evidente y obvio, es decir, que usted debió verlo y evitarlo. Ese argumento tiene límites, sobre todo cuando algo distrajo su atención, cuando la iluminación era mala o cuando el peligro no se veía desde la dirección por la que usted se acercó.
Las caídas que más vemos
- Pisos mojados en tiendas y vestíbulos, sobre todo con lluvia y nieve y sin tapetes ni advertencias
- Hielo y nieve que se dejaron en aceras y estacionamientos, donde el momento de la tormenta importa para el análisis
- Superficies disparejas y rotas: aceras, umbrales, estacionamientos agrietados, escalones sueltos
- Mala iluminación, sobre todo en escaleras y garajes
- Escaleras y pasamanos que faltaban, estaban sueltos o no cumplían con el código
- Caídas en áreas comunes de edificios de apartamentos, que son responsabilidad del arrendador y no del inquilino
- [Incidentes con elevadores y escaleras eléctricas](/personal-injury-lawyer/elevator-escalator-accident-lawyer/), que se prueban con los registros de inspección y mantenimiento
Cuando una caída ocurrió porque una propiedad se dejó sin seguridad o sin luz y alguien fue atacado, se trata de seguridad negligente y no de un reclamo común por condiciones de la propiedad, y se prueba de otra manera.
Qué hacer en la primera semana
- Repórtelo y pida un reporte del incidente. Luego pida una copia. Una caída sin reporte es una caída que el dueño después dirá que nunca ocurrió.
- Tome fotos del peligro de inmediato, junto con el área alrededor, la iluminación y sus zapatos.
- Consiga los nombres de los testigos y de cualquier empleado presente.
- Busque atención médica pronto, lo que vincula la lesión con esa fecha.
- Pídanos que enviemos rápido una carta de preservación de evidencia. El video de vigilancia normalmente se borra en días o semanas, y una vez que desaparece, muchas veces ya no se puede probar lo que sabía el dueño.
Caídas en propiedad pública
Una caída en una acera del condado, en un edificio público, en una escuela o en una propiedad del transporte público es un reclamo contra una entidad del gobierno, y esos reclamos exigen un aviso por escrito mucho antes que el plazo común para una demanda. Si no da el aviso a tiempo, el reclamo se puede perder sin importar lo fuerte que fuera.
Si se cayó en una propiedad pública, trátelo como algo urgente en vez de suponer que tiene tres años.





